03 Dec 2024

CÓDIGO DE ETICA



ÍNDICE


I. OBJETIVO Y ALCANCE

El presente Código de Ética regula la conducta de todas las personas que integran COPARMEX CDMX, en el ámbito de sus funciones al interior y en su relación con terceros.

A través de este documento se dan a conocer y hacen efectivos los valores y principios éticos de COPARMEX CDMX. La ética apela a los procesos que determinan decisiones y comportamientos de su capital humano.

Mediante el respeto y cumplimiento del Código de Ética se pretende prevenir prácticas indebidas que destruyen valor, dañen a la institución y su imagen ante la sociedad, o que incluso pudieran constituir una conducta ilícita.

Este Código es base de la generación de confianza, lealtad y sostenibilidad entre integrantes de COPARMEX CDMX.

Para efectos de este Código, se consideran integrantes de COPARMEX CDMX o personas relacionadas con COPARMEX CDMX, las siguientes:

  • SOCIOS: todas aquellas personas físicas o morales que tengan el carácter de patrón, empresario o director general de empresa que soliciten su adhesión al mismo y hayan cumplido el procedimiento de admisión conforme al Estatuto
  • PERSONAS COLABORADORAS: a las personas que integran el Staff de COPARMEX CDMX.
  • PERSONAS VOLUNTARIAS: a los Socios que han asumido los cargos que integran el Consejo Directivo, así como los presidentes de Alcaldía, presidentes de Zona, presidente de Comisión y de Comité.
  • PERSONAS PROVEEDORAS Y ALIADAS: personas que mantienen una relación jurídica con COPARMEX CDMX y por lo tanto, aceptan la cláusula correspondiente en el convenio, contrato, acuerdo de colaboración y demás figuras legales que impliquen la adhesión expresa al cumplimiento de este Código.

Adicionalmente, este instrumento pretende: Que las personas integrantes de COPARMEX CDMX sean ejemplo de congruencia e implementen estas normas de actuación en lo personal, en sus empresas y organizaciones con las que se relacionan.

  • Reducir conflictos entre el capital humano. Ofrecer seguridad física y mental en el ambiente profesional COPARMEX CDMX.
  • Atraer y retener al mejor capital humano.
  • Atraer más y mejores empresas socias que aporten no solo recursos, sino compromisos con una mejor Ciudad de México y el desarrollo inclusivo.
  • Agregar valor y confianza a la comunidad en general y empresarial en nuestra ciudad.
  • Reflejar y reforzar la credibilidad del Centro Empresarial, como una organización que se sustenta en los principios y valores COPARMEX, que son:
    • La Búsqueda del bien común.
    • Actuar con honestidad y apego a las leyes.
    • Defender la libertad y actuar con responsabilidad.
    • Solidaridad y subsidiariedad.
    • Congruencia en el actuar.
    • Integridad.
    • Actuar con justicia y respeto a la dignidad de las personas y autoridades.
    • Reconocer y actuar con dignidad.
    • Actuar con transparencia y enfoque a la rendición de cuentas.
    • Sentido políticamente apartidista en el actuar y representación de los socios.

Estas reglas éticas definen el marco de actuación de las personas que integran COPARMEX CDMX y son a la vez los lineamientos que rigen la ejecución de la operación y cumplimiento de estatutos, previenen conductas indebidas y facilitan el logro de objetivos.


II. PRINCIPIOS RECTORES COPARMEX

Como sindicato patronal, afiliado voluntariamente a la Confederación, somos afines y nos apegamos estrictamente a los principios y valores de la COPARMEX para ser dignos representantes ante la Sociedad local de la Ciudad de México.

En ese sentido, nuestros principios son:

  • LEGALIDAD: Las personas integrantes de COPARMEX CDMX y las relacionadas con COPARMEX CDMX, se someten a regular sus acciones conforme a lo establecido en los Estatutos y demás documentos rectores y Reglamentos que de los mismos emanen, así como las demás disposiciones aplicables.
  • INDEPENDENCIA: COPARMEX CDMX es un Centro Empresarial de libre asociación, por lo que la afiliación al mismo es voluntaria y tiene el derecho de elaborar sus propios estatutos y normatividad interna; así como elegir su forma de organización y gobierno. Es una organización apartidista, por lo que no existe compromiso con ningún partido o asociación política y es independiente en su actuar, sin liga a cualquier funcionario público con independencia del nivel jerárquico que ostente ya sea Federal, Estatal o Municipal.
  • EFICIENCIA y Eficacia: Realizar los objetivos y buscar siempre alcanzar la meta en el menor tiempo posible, de la mejor manera y con el uso eficiente de recursos.
  • OBJETIVIDAD: Actuar de manera imparcial y sin conflictos de interés.
  • RESPONSABILIDAD: Actuar con dedicación a la práctica profesional y al desarrollo oportuno de las actividades específicas encomendadas, de manera comprometida, honesta, profesional y eficiente.
  • TRANSPARENCIA: Hacer uso debido de recursos, así como otorgar una efectiva rendición de cuentas a la comunidad COPARMEX CDMX.

III. VALORES COPARMEX

Asumimos que es obligación de las personas integrantes de COPARMEX CDMX, anteponer en el desempeño de sus funciones los siguientes valores, contenidos en el Documento Declaración de Principios y Valores de COPARMEX:

  • Bien común y colaboración: el bien común no es simplemente el bienestar de la mayoría ni la simple suma de bienes individuales, sino el conjunto organizado, garantizado y permanente de condiciones de orden moral, cultural, jurídico, político y económico, que permite a cada integrante alcanzar su perfección personal en el logro de sus fines temporales y trascendentes.
  • Actuar con honestidad y apego a las leyes vigentes y normatividad interna, privilegiando el bien común sobre sus propios intereses y asumiendo las consecuencias de su actuación.
  • Libertad y responsabilidad: la libertad, entendida como ejercicio de la capacidad de elegir entre alternativas de bien, compromete a toda persona consigo misma y con la sociedad, haciéndola responsable. Son atributos inseparables entre sí y esenciales de la persona, la responsabilidad y la libertad, con los límites que le marcan su naturaleza, la moral, el derecho y las exigencias del Bien Común.
  • Actuar con congruencia, es decir, mantener la misma conducta, independientemente del lugar, circunstancia o medio en que se encuentre, así como armonía entre lo que se dice que es, con lo que se es.
  • Igualdad e inclusión: las personas integrantes de COPARMEX CDMX deberán actuar sin discriminar a nadie por ningún motivo o condición, brindando igualdad de acceso a oportunidades y con acciones efectivas de inclusión a todas las personas.
  • Ser íntegro en la toma de decisiones, basadas en criterios éticos y con respeto a los acuerdos y compromisos contraídos.
  • Innovación y sustentabilidad: La innovación es esencial para el desarrollo de las empresas y las personas, ya que busca la renovación y actualización de procesos, productos y servicios. La Sustentabilidad es un valor de carácter ético y consiste en el uso consciente y responsable de los recursos que eviten su extinción. Obliga a que las decisiones se evalúen no solo por sus resultados o consecuencias a corto plazo sino también a mediano y largo plazo. Los integrantes COPARMEX CDMX deben procurar el fomento a la innovación, lo cual es un medio para lograr la sustentabilidad.
  • Justicia y Estado de Derecho: Actuar con la intención permanente de dar, reconocer y respetar lo que a cada quien corresponde: su dignidad, sus derechos y obligaciones. Asimismo, actuar bajo una estricta cultura de la legalidad.
  • Dignidad de la persona: la dignidad de cada persona debe ser promovida, defendida y protegida, pues solo libre de la opresión, de la miseria, del vicio y de la incultura puede acceder de manera igualitaria a oportunidades y atender plenamente al cumplimiento de sus deberes, al logro de sus fines y al ejercicio de sus derechos.
  • Solidaridad y Subsidiariedad: La solidaridad es un fundamento de unidad en cualquier sociedad, que permite conjuntar la acción de personas o sociedades, para lograr metas comunes. La subsidiariedad es el principio de la ayuda entre las personas y las entidades sociales. Debe haber tanta aportación del que requiere ayuda, cuanta le sea posible, y solo la mínima aportación del que ayuda, como sea necesaria.
  • Actuar con y exigir transparencia y rendición de cuentas en los ámbitos de su participación empresarial y social.
  • Mantener una posición apartidista cuando actúe en representación de COPARMEX CDMX.
  • Participar activamente en la vida de incidencia pública y colaborar en el progreso de la vida de la ciudad en todos los campos.
  • Mantener una relación respetuosa pero independiente con los Poderes de la Ciudad de México y órganos autónomos.


IV. CONDUCTAS PROHIBIDAS

IV.1 VIOLENCIA, DISCRIMINACIÓN, ACOSO Y HOSTIGAMIENTO SEXUAL Y LABORAL
Está prohibida toda acción u omisión que implique cualquier tipo de violencia o discriminación, acoso y hostigamiento sexual o laboral.
Las personas integrantes de COPARMEX CDMX deberán conocer y atender lo previsto en el Protocolo de prevención y actuación ante conductas de acoso y hostigamiento sexual y laboral, discriminación y otras violencias, publicado en la página oficial de COPARMEX CDMX en el sitio: https://coparmexcdmx.org.mx/downloads/ENVIOS/Protocolo_acoso_y_hostigamiento.pdf
Las disposiciones previstas en el citado Protocolo son de cumplimiento y aplicación obligatoria para las personas integrantes de COPARMEX CDMX y personas relacionadas con COPARMEX CDMX.


IV.2 NO DECLARAR LA EXISTENCIA DE UN CONFLICTO DE INTERÉS
El conflicto de interés ocurre cuando los intereses personales, familiares o de negocios puedan afectar o afectan la decisión imparcial de una persona en el desempeño de sus funciones.
La persona que tenga un conflicto de interés, sea éste real o potencial, deberá manifestarlo expresamente y por escrito, ante EL FORMULARIO UBICADO EN LA PÁGINA DE COPARMEX CDMX, en el sitio https://coparmexcdmx.org.mx y abstenerse de participar en las decisiones del caso. De esta forma, no habrá responsabilidad alguna contra la persona en cuestión, pues se considerará transparentado el conflicto de interés y la COPARMEX CDMX se asegurará de que la persona con el conflicto de interés no intervenga de manera alguna en las decisiones relacionadas.
Las declaraciones de conflicto de interés presentadas al PORTAL www.coparmexcdmx.org.mx serán turnadas para su conocimiento, resguardo y seguimiento a:

  • Comisión de Honor y Justicia del Centro Empresarial, si se trata de una persona integrante de COPARMEX CDMX (voluntariado, socio, persona colaboradora).
  • Órgano de Gobierno colegiado que el Consejo Directivo del Centro Empresarial determine, idealmente también la Comisión de Honor y Justicia del Centro Empresarial.
Si por cualquier motivo, ya sea tecnológico o de autorización, el PORTAL www.coparmexcdmx.org.mx no se encuentra en funcionamiento, la declaración deberá enviarse al correo electrónico: honoryjusticia@coparmexcdmx.org.mx. Las comunicaciones recibidas serán notificadas para su seguimiento a los órganos señalados en el párrafo anterior.


IV.3 MAL USO DE LAS HERRAMIENTAS DE TRABAJO
Está prohibido para las personas colaboradoras de COPARMEX CDMX hacer mal uso de los recursos, herramientas e instrumentos de trabajo que les sean proporcionados para el desempeño de sus funciones y éstas deberán ser utilizadas éticamente y con propiedad, sin causar maltrato o desperdicio intencional. Ningún instrumento o herramienta de trabajo se debe utilizar para un beneficio personal, ni para cualquiera de las siguientes conductas:

  • Hacer mal uso de los sistemas de comunicación propiedad de COPARMEX CDMX, entre otros, correo electrónico, teléfono, celular e Internet.
  • El acceso a portales de internet no autorizados, así como a material pornográfico, ilegal o de esparcimiento.
  • La instalación de aplicaciones o programas para uso personal en las herramientas informáticas destinadas para el trabajo.
  • El facilitar códigos de usuario y contraseñas asignadas a compañeros o terceros.

IV.4 USO INDEBIDO DE INFORMACIÓN
Cualquier información que sea propiedad o de uso institucional en COPARMEX CDMX es de carácter confidencial o reservado, salvo que la información sea del conocimiento público o se tenga la instrucción expresa de transmitirla o publicarla por parte de la persona jerárquicamente superior. La información debe ser salvaguardada con la debida diligencia y no aprovecharse de la misma para ningún beneficio personal, como a continuación se indica de manera enunciativa, más no limitativa:

  • Enviar, recibir o suministrar información de COPARMEX CDMX en forma escrita, verbal, magnética, electrónica o por cualquier medio; a personas colaboradoras o terceros sin la autorización verbal o escrita de la persona responsable de la información.
  • Sustraer información utilizando algún instrumento de memoria externa para computadoras, o cualquier otro medio electrónico de almacenamiento para beneficio personal, familiar o de negocios.
  • Aceptar pagos de cualquier persona física o moral por información que es propiedad o de uso exclusivo de COPARMEX CDMX.
  • Utilizar la información de COPARMEX CDMX para propósitos diferentes al cumplimiento de sus funciones, o compartir de manera indebida con terceros los manuales, políticas, procedimientos, lineamientos o cualquier otro documento elaborado por COPARMEX CDMX como parte de su arquitectura interna de gobierno y control. Queda exceptuado de lo anterior, la información que legalmente esté obligada COPARMEX CDMX a publicar en su sitio de Internet, por disposición de la Legislación en materia de Transparencia.
  • Omitir o consignar datos en forma inexacta en los informes, relaciones, proyectos, información financiera, entre otros documentos que se presenten a consideración de cualquier órgano de gobierno, con el fin de obtener una aprobación o decisión que habría sido diferente si los datos se ajustarán a la realidad.
  • Usar indebidamente por acción, omisión, negligencia o descuido, la firma autorizada de algún integrante de COPARMEX CDMX.

IV. 5 OCULTAR RELACIONES INTERPERSONALES
Todas las relaciones interpersonales de carácter afectivo o familiares que llegaren a existir entre el personal o bien entre el personal y voluntariado deben ser transparentadas y declaradas por escrito ante el liderazgo inmediato superior y en el caso de colaboradores, deberá copiarse al área de Recursos Humanos, con el fin de evitar algún conflicto de interés de las personas implicadas en las decisiones mutuas que al respecto tomen en el ejercicio de sus funciones.


IV. 6 ATENTAR CONTRA LA DIGNIDAD DE UNA PERSONA
Queda prohibido el trato, acción u omisión que afecte la dignidad de la persona, entre otros, el trato autoritario, denigrante, amenazante, inequitativo o preferencial. Entre las personas que integran COPARMEX CDMX, así como con externos, se debe actuar bajo la filosofía y valores de COPARMEX.


IV. 7 DAÑAR O APROVECHARSE DE LA IMAGEN INSTITUCIONAL
Las personas integrantes de COPARMEX CDMX deberán cuidar el nombre, la marca y el logotipo COPARMEX CDMX. Queda prohibido su uso para fines de promoción o beneficio indebido personal o político. Queda prohibida la denostación pública o en privado, de la institución, teniendo como base información no veraz o con el fin evidente de causar un daño institucional.


IV.8 OTORGAR OBSEQUIOS, REGALOS O DÁDIVAS INDEBIDOS
Quedan prohibidos los obsequios o regalos entre las personas integrantes de COPARMEX CDMX o personas relacionadas, que excedan el equivalente a 150 dólares americanos. Asimismo, quedan prohibidos los obsequios o regalos con el fin de obtener a cambio un beneficio personal o de negocios indebido, sin importar el monto del mismo.
En caso de recibir un regalo que contravenga lo dispuesto en el párrafo anterior y no se pudiese rechazar por cuestiones culturales o por no localizar al remitente, se deberá entregar a la máxima autoridad del Centro Empresarial. Dicho regalo deberá ser formalmente donado a una institución de beneficencia pública y existir el comprobante de la entrega.
Para el caso, el Centro Empresarial llevará un registro sobre la recepción y devolución o destino de este tipo de regalos. El registro deberá estar actualizado y conservarse al menos por 5 años.


IV.9 COMUNICACIÓN OFICIAL INDEBIDA
Queda prohibido hablar en nombre de COPARMEX CDMX si la persona no ha sido designada Vocero Oficial o sin petición expresa por parte de los liderazgos o el personal de Comunicación de COPARMEX CDMX. Asimismo, queda prohibido compartir información confidencial o reservada de COPARMEX CDMX por cualquier vía, incluyendo entrevistas o publicaciones en medios de comunicación y redes sociales.


IV.10 USO INDEBIDO DE LAS INSTALACIONES
Queda prohibido usar las instalaciones de COPARMEX CDMX para celebrar eventos con temas ajenos a la institución como eventos religiosos, de política partidista, o difundir material que atente contra la libertad religiosa y política entre otros; así como para fines personales.


IV.11 CARGOS DE ELECCIÓN POPULAR
Queda prohibido para los integrantes de COPARMEX CDMX participar en procesos de elección popular. La persona que así lo pretenda, deberá renunciar a los cargos que tenga en COPARMEX CDMX de manera inmediata a la invitación que reciba para participar en algún proceso dentro de un partido político o para la elección popular y con una anticipación no menor a 6 meses al día de la elección.


IV.12 ABUSO DE CONFIANZA Y AFECTACIÓN PATRIMONIAL
Es una actitud no permitida el autorizar, omitir, simular o ejecutar de manera dolosa, operaciones que afecten los intereses de COPARMEX CDMX. Asimismo, negociar bienes o activos sin la autorización institucional correspondiente y sin seguir los parámetros establecidos por los órganos internos autorizados para ello. Es considerada conducta indebida el presentar cuentas de gastos ficticios o reportar como cumplidas actividades o tareas no efectuadas, así como utilizar facturas de operaciones simuladas o inexistentes.


IV.13 ABUSO DE PODER Y TRÁFICO DE INFLUENCIAS
Es una conducta no permitida el solicitar u obtener del personal o voluntariado, concesiones o beneficios personales valiéndose de su posición de poder dentro de COPARMEX CDMX; lo mismo intentar incidir en la decisión de contratación de personal, asignación de un contrato, nombramiento o cualquier otra decisión, en beneficio personal o de una persona con la que se tenga una relación directa de cualquier tipo y dicha relación no se haya declarado para transparentar el interés.
Asimismo, se considera conducta indebida el utilizar un puesto de influencia o poder para promover de forma personal un negocio propio, lo que representaría una desigualdad de oportunidad para el resto de los integrantes de COPARMEX CDMX. La promoción de los negocios podrá hacerse a través de los medios institucionales designados por la Oficina de Atención a Socios, como pueden ser: paquetes de patrocinios, eventos o plataformas de redes de negocios.
Asimismo, es indebido aceptar o solicitar para sí mismo o para terceros, dádivas o beneficios de clientes o proveedores de COPARMEX CDMX a cambio de algún favor, concesión o servicios especiales.


IV.14 RELACIÓN INDEBIDA CON EL SECTOR PÚBLICO
Queda prohibido cualquier tentativa o comisión de algún soborno, participación ilícita en procedimientos administrativos, tráfico de influencias, utilización de información falsa o colusión, en el relacionamiento personal o institucional con funcionarios públicos.


IV.15 ALCOHOL, ARMAS, DROGAS
Queda prohibido asistir a trabajar o algún foro o evento institucional bajo los efectos de bebidas alcohólicas o de drogas o cualquier otra sustancia que pueda poner en duda el comportamiento y juicio profesional, que propicie conductas inapropiadas y ofensivas o que atenten contra las reglas sociales y de urbanidad.
En el caso del personal COPARMEX CDMX, será causa inmediata de terminación justificada de la relación laboral.
En caso de voluntariado, será casusa justificada de la terminación de su cargo en COPARMEX CDMX.
En caso de tratarse de una persona que cuenta con un cargo por elección, los órganos de gobierno facultados tomarán las acciones correspondientes, conforme el proceso estatutario que corresponda.
Es conducta prohibida la posesión, venta, distribución o elaboración de drogas o cualquier otra sustancia o material ilegal, en cualquiera de los ámbitos de trabajo o instalaciones de COPARMEX CDMX.
Está prohibida la posesión de cualquier tipo de arma, en cualquier momento en las oficinas o lugares donde se celebre cualquier tipo de evento. La persona que se presente en las instalaciones, oficinas o evento organizado por COPARMEX CDMX con un arma o sea encontrado en posesión de un arma u objeto que pretenda utilizar para dañar estará sujeto a la acción disciplinaria correspondiente, que puede llegar incluso a la desvinculación, despido inmediato, o acción legal correspondiente.
Cualquier integrante de COPARMEX CDMX y personas relacionadas deben conducirse con estricto apego a la legalidad y normatividad interna, entre otra, los Estatutos, Documentos Rectores, Código de Ética, Reglamentos, Protocolos, Políticas Internas y acuerdos de los órganos de gobierno.


V. MEDIOS DE DENUNCIA


Cualquier persona integrante de COPARMEX CDMX que se percate de un conflicto de interés o de un potencial conflicto de interés, debe hacerlo del conocimiento de su supervisor, gerente u otro personal apropiado en términos de los procedimientos descritos en este Código.
Asimismo, cualquier persona que tenga conocimiento de alguna conducta indebida contraria a las disposiciones de este Código, Estatutos, Documentos Rectores, Reglamentos, Políticas o Protocolos, tiene el deber de presentar la denuncia, ante la “Línea Ética” ubicada en la página oficial del Centro Empresarial, en el sitio https://coparmexcdmx.org.mx ......
Para el caso de denuncias en materia de discriminación, violencia, acoso y hostigamiento sexual o laboral, deberán presentarse en la siguiente liga: https://..... de conformidad con lo previsto en el Protocolo de prevención y actuación ante conductas de acoso y hostigamiento sexual y laboral, discriminación y otras violencias, publicado en .....
La denuncia deberá contener la narrativa de hechos y proporcionar información veraz, de ser posible aportar pruebas documentales o testimoniales, para proveer de mejor manera a los órganos de análisis y decisión.
Las denuncias que lleguen a la “Línea Ética”, serán turnadas para su conocimiento, resguardo, seguimiento y en su caso sanción, a la Comisión de Honor y Justicia.
Si por cualquier motivo, ya sea tecnológico o de autorización, la “Línea Ética” no se encuentra en funcionamiento, la denuncia deberá enviarse al correo electrónico: honoryjusticia@coparmexcdmx.org.mx
Será sancionada la persona denunciante, cuando determine la Comisión de Honor y Justicia, previa garantía de audiencia, que abusa dolosamente y de manera reiterada de los canales de denuncia con el único fin de dañar a alguna persona por un conflicto de interés real. La sanción dependerá de lo reiterado de la conducta y la comprobación de la gravedad de las denuncias.
La Comisión de Honor y Justicia realizará la investigación necesaria para determinar si hubo algún incumplimiento y determinarán el tipo de sanción de acuerdo a lo previsto en los Estatutos, Documentos Rectores, Reglamento Interior, Políticas Internas, Protocolo y demás normatividad interna aplicable.



VII. NO REPRESALIAS


COPARMEX CDMX no permitirá represalias de ninguna clase por o en nombre de si, hacia los integrantes de COPARMEX CDMX por informes o quejas hechas de buena fe, con respecto a violaciones a este Código u otra conducta ilegal o no ética.


VIII. APLICACIÓN DEL CÓDIGO


La Comisión de Honor y Justicia conducirá una investigación, según estime apropiado, sobre sospechas de violaciones a este Código. Se espera que todos los integrantes de COPARMEX CDMX cooperen con las investigaciones internas sobre conducta impropia.
Se podrá sancionar, en términos de la legislación aplicable, a todo integrante que viole el Código o cualquier otra norma mediante, entre otros, la terminación de empleo, además de que podría estar sujeto a responsabilidades civiles y criminales. Si ocurre alguna conducta impropia, COPARMEX CDMX responderá y tomará acciones legales inmediatas para corregir la situación y disciplinar a los individuos responsables.
Todo gerente y supervisor será sancionado si tolera violaciones a este Código, conductas impropias, no informa sobre conductas impropias, no toma medidas razonables para detectar conductas impropias o no demuestra liderazgo apropiado para asegurar el cumplimiento del Código y las políticas de COPARMEX CDMX. Todo gerente que tenga responsabilidades de supervisión deberá seguir las medidas apropiadas para asegurarse que la sanción que se tome, sea uniforme y adecuada a la situación.



X. APROBACIÓN, ENTRADA EN VIGOR Y ACTUALIZACIÓN


El presente Código de Ética fue aprobado por el Consejo Directivo en sesión del día XXX de FFFFFFFF del año 2023 y en sesión de la Comisión Ejecutiva del día RRRR de XXXXXX de 2023.
El presente Código entra en vigor el día XXXXXX YYYY.
Publíquese el Código de manera completa, a más tardar dentro de los cinco días contados a partir de su aprobación, en la página de Internet del Centro Empresarial, y notifíquese vía correo electrónico a los Socios en el mismo plazo, para que a más tardar a los cinco días contados a partir de su notificación, sea publicado en sus respectivos sitios de Internet y ampliamente difundido entre el personal, voluntariado y socios.
El presente Código deberá revisarse y actualizarse, al menos cada dos años.



COPARMEXCDMX

Centro Empresarial de La Ciudad de México S.P. adscrito a La Confederación Patronal de La República Mexicana (COPARMEX)

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